Serán siempre a cargo del comprador, salvo que se pactase lo contrario, los gastos no previstos, arbitrios o impuestos de cualquier índole que gravan los artículos en venta.
A todos los efectos de precios, (etcétera) las mercancías han de considerarse entregadas en los almacenes o depósitos de la empresa vendedora, independientemente del destino a que se expidan, con arreglo a la orden del comprador. (Aún en el caso de especificación del lugar al que se haya establecido el precio.)
Los plazos de entrega han de considerarse siempre como aproximados y a título de información.
Bajo nigún concepto la empresa vendedora aceptará responsabilidad alguna por los eventuales perjuicios directos o indirectos que pudiera ocasionar al comprador el incumplimiento del mismo.
La empresa vendedora queda siempre exenta de responsabilidad por el aplazamiento de la entrega por los casos de fuerza mayor o caso fortuito, o por disposición del Gobierno, que afecten al mantenimiento de los plazos estipulados directa o indirectamente.
Las mercancías viajan siempre por cuenta y riesgo del comprador, aún en caso de que queden facturadas de origen con portes pagados o se fije el precio en destino.
Por tanto, el comprador deberá comprobar la expedición a su llegada para hacer la reclamación por su cuenta a la empresa de transportes en caso de avería o retraso.
Por cada contrato que se perfeccione, o sea por pedido aceptado, se extenderá la correspondiente factura, cuyo pago será en la forma convenida.
En el caso de falta de pago por cualquiera de los plazos convenidos se entenderá vencida la totalidad de la deuda, pudiendo el vendedor optar por exigir del comprador la unidad vendida, quedando a favor el importe satisfecho por el comprador en concepto de penalidad por uso o proceder al cobro el importe total del precio acordado.
En todo retraso en los pagos se cargará al comprador el interés correspondiente calculado al tipo normal de la Banca Privada para créditos a la industria.
Las características, cotas y pesos que indican nuestros folletos pueden ser cambiados por el fabricante sin previo aviso.
Si por fuerza mayor o caso admitido en Derecho, o por disposición gubernativa o huelga, motín, etcétera, no pudiera entregarse la mercancía, podrán dejarse en suspenso por el vendedor las condiciones de venta pactadas o variar aquellos extremos que justifiquen los motivos indicados o incluso anular el contrato sin otra obligación que devolver lo que hubiera cobrado de precio.
Una vez formalizada la compraventa, en caso de resolución de la misma por causa imputable al comprador, éste perderá la cantidad entregada a cuenta del vendedor, sin perjuicio de que los daños y perjuicios ocasionados a éste sean por cantidad superior, en cuyo caso el comprador deberá abonar al vendedor la diferencia.
En caso de entrega de máquina usada como parte de pago, ésta se entregará con la documentación en regla (ÚLTIMA ITV, SELLO MUNICIPAL AL DÍA,…) libre de cargas y gravámenes y sin avería grave que deprecie su valor.
Si este contrato de compraventa se refiere a la compra de máquina usada se entiende expresamente que el comprado ha examinado la máquina a su plena satisfacción y exime a la parte vendedora de responsabilidad de vicios ocultos.
Caso de mediar en la compraventa, ésta quedará sujeta a la condición suspensiva de que llegue a tener vigencia el contrato de arrendamientos financiero de la máquina suscrito por las partes en la misma fecha de la firma del contrato de compraventa.
Para los efectos legales y reclamaciones que pudieran derivarse de estos contratos de venta, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Granada.
A esta cláusula se someten de modo expreso nuestros compradores, con renuncia a su propio fuero.